Tasas vigentes: 2026-05-24
Metodologia de calculo Colombia 2026
Esta pagina documenta las fuentes legales, formulas y supuestos que usa la calculadora Colombia. Cada concepto del desglose cita el articulo y la fuente oficial.
Salario minimo y auxilio de transporte 2026
SMLMV 2026 = COP 1.750.905 (Decreto 1469 de 2025).
Auxilio de transporte 2026 = COP 249.095 mensuales para trabajadores con salario hasta 2 SMLMV (Decreto 1470 de 2025).
Seguridad social — Salud (EPS) y pension (AFP)
Aporte empleador a salud (EPS): 8.5% sobre salario base.
Aporte empleador a pension (AFP): 12% sobre salario base. No exonerable.
Las personas juridicas que paguen trabajadores con salario menor a 10 SMMLV estan exoneradas del aporte de salud empleador (Ley 1607 de 2012 art. 25).
EPS = salario * 8.5% (si NO aplica exoneracion Ley 1607). AFP = salario * 12%.
Fuente: Ley 100 de 1993 (Sistema de Seguridad Social Integral)
ARL — Sistema de Riesgos Laborales
La tarifa ARL se asigna por la actividad CIIU del empleador. Va desde 0.522% (clase I, oficinas) hasta 6.960% (clase V, mineria/explosivos).
El 100% del aporte ARL corre por cuenta del empleador.
ARL = salario * tarifa_clase. Tarifas: I=0.522%, II=1.044%, III=2.436%, IV=4.350%, V=6.960%.
Parafiscales — SENA, ICBF y Caja de Compensacion
SENA: 2% sobre nomina (exonerable Ley 1607 si aplica).
ICBF: 3% sobre nomina (exonerable Ley 1607 si aplica).
Caja de Compensacion Familiar: 4% sobre nomina. NUNCA exonerable.
Parafiscales = salario * (sena% + icbf% + caja%). Si exoneracion Ley 1607: solo caja 4%.
Exoneracion Ley 1607 — umbral 10 SMLMV
Personas juridicas que pagan trabajadores con salario menor a 10 SMMLV se exoneran de: EPS empleador (8.5%), SENA (2%) e ICBF (3%) — total 13.5% de ahorro vs el regimen no exonerado.
La Caja de Compensacion Familiar (4%) NO se exonera. Personas naturales no aplican a la exoneracion.
Prestaciones sociales del CST
Cesantias: 8.33% mensual (1 mes/ano) sobre salario + auxilio.
Intereses sobre cesantias: 1.00% mensual sobre la base (Ley 52/1975).
Prima de servicios: 8.33% mensual (30 dias/ano: 15 junio + 15 diciembre).
Vacaciones: 4.17% mensual (15 dias habiles/ano) sobre salario base (sin auxilio).
Aportes del trabajador (informativo, NO se incluyen en el costo patronal)
Salud: 4% sobre salario, descuento al trabajador (Ley 100).
Pension: 4% sobre salario, descuento al trabajador (Ley 100).
Fondo de Solidaridad Pensional (FSP) y retencion en la fuente aplican segun rangos — no se modelan en este calculo.
Fuente: Ley 100 de 1993 (Sistema de Seguridad Social Integral)
Aviso
La metodologia es informativa. No reemplaza la asesoria de un contador, revisor fiscal o abogado laboral colombiano. Para escenarios particulares (salarios integrales, contratos por horas, convenciones colectivas, regimenes especiales) los calculos cambian.
Consulta tambien las fuentes oficiales usadas en este modelo.