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Cuánto cuesta contratar un empleado en Colombia 2026
Contratar un empleado en Colombia implica un costo real que supera ampliamente el salario pactado. En 2026, un empleador debe presupuestar entre 38% y 58% adicional sobre el salario bruto —el porcentaje sube en los sueldos bajos, donde entran el auxilio de transporte y la dotación— para cubrir las obligaciones legales: aportes patronales a seguridad social, parafiscales, cesantías, prima de servicios, vacaciones y dotación. Con el SMMLV en $ 1.750.905 y el auxilio de transporte en $ 249.095, este cálculo es la base de cualquier decisión de contratación responsable.
Ejemplo práctico 2026
Empleado operativo en una S.A.S., clase de riesgo I, con la exoneracion de la Ley 1607 aplicada.
- Salario mensual bruto
- $ 2.000.000
- Tipo de empleador
- Persona juridica (SAS, LTDA, SA)
- Clase de riesgo ARL
- I - Minimo
Costo mensual
$ 3.110.125
Costo anual
$ 37.321.502
Carga sobre salario
+55.51%
| Concepto | Monto mensual | Fuente |
|---|---|---|
| Salario base mensualSalario bruto mensual declarado. | $ 2.000.000 | Insumo del usuario |
| Auxilio de transporteAplica para salarios hasta 2 SMLMV (Decreto 1470 de 2025). | $ 249.095 | Decreto 1470 de 2025 (Auxilio de Transporte 2026) |
| Salud (EPS) - aporte empleadorExonerado por Ley 1607 Art. 25 (persona juridica, salario < 10 SMLMV). | $ 0 | Ley 1607 de 2012 Art. 25 (Exoneracion Parafiscales) |
| Pension (AFP) - aporte empleador12% del salario base. No exonerable. | $ 240.000 | Ley 100 de 1993 (Sistema de Seguridad Social Integral) |
| ARL - Clase I0.522% - Riesgo minimo (oficinas, actividades administrativas). 100% a cargo del empleador. | $ 10.440 | Ley 1562 de 2012 (Sistema de Riesgos Laborales) |
| SENAExonerado por Ley 1607 Art. 25. | $ 0 | Ley 1607 de 2012 Art. 25 (Exoneracion Parafiscales) |
| ICBFExonerado por Ley 1607 Art. 25. | $ 0 | Ley 1607 de 2012 Art. 25 (Exoneracion Parafiscales) |
| Caja de Compensacion Familiar4% del salario base. NO exonerable. | $ 80.000 | Ley 21 de 1982 (Parafiscales: SENA, ICBF, Cajas) |
| Cesantias1 mes de salario por ano (8.33% mensual). Base incluye auxilio de transporte. | $ 187.350 | Codigo Sustantivo del Trabajo (CST) |
| Intereses sobre cesantias12% anual sobre cesantias acumuladas (~1% mensual sobre salario base). | $ 22.491 | Ley 52 de 1975 |
| Prima de servicios30 dias de salario por ano (15 junio + 15 diciembre). Base incluye auxilio de transporte. | $ 187.350 | Codigo Sustantivo del Trabajo (CST) |
| Vacaciones15 dias habiles por ano (~4.17% mensual sobre salario base, sin auxilio). | $ 83.400 | Codigo Sustantivo del Trabajo (CST) |
| Dotacion (estimado)Estimado mensualizado conservador (COP 50.000) para salarios hasta 2 SMLMV. Valor real depende del proveedor. | $ 50.000 | CST Art. 230 (Ley 11 de 1984) |
| Total a cargo del empleador | $ 3.110.125 | +55.51% sobre el salario |
Cómo calcular paso a paso
1. Parte del salario pactado. 2. Si el salario es menor a 2 SMMLV ($ 3.501.810), agrega el auxilio de transporte ($ 249.095). 3. Suma los aportes patronales: pensión 12% + ARL desde 0.522% + caja de compensación 4% (y salud 8.5% si no hay exoneración Ley 1607). 4. Provisiona las prestaciones sociales: cesantías 8.33% + intereses de cesantías 1% + prima 8.33% + vacaciones 4.17%. 5. Suma para obtener el costo laboral total mensual.
Fórmula de referencia
Costo mensual empleador: Salario base: $X + Auxilio transporte (si aplica): $ 249.095 + Aportes patronales (sin exoneración Ley 1607): • Pensión: X × 12% • Salud: X × 8.5% • ARL riesgo I: X × 0.522% • CCF: X × 4% • SENA: X × 2% • ICBF: X × 3% + Provisiones prestaciones sociales: • Cesantías: (X + Aux.T.) × 8.33% • Intereses de cesantías: (X + Aux.T.) × 1% • Prima: (X + Aux.T.) × 8.33% • Vacaciones: X × 4.17% Con exoneración Ley 1607 (empresa jurídica, salario < 10 SMMLV): No se pagan Salud, SENA, ICBF patronales
Preguntas frecuentes
¿Qué es la exoneración de aportes de la Ley 1607?
Desde 2013, las personas jurídicas (S.A.S., S.A., Ltda., etc.) con empleados que ganen menos de 10 SMMLV están exoneradas de pagar el aporte patronal a salud (8.5%), SENA (2%) e ICBF (3%): una reducción de 13.5% sobre el salario en aportes patronales. Las personas naturales con hasta 2 empleados no tienen esta exoneración.
¿Se puede pagar menos de un SMMLV a un trabajador de tiempo parcial?
Sí. Para contratos a tiempo parcial (jornada menor a la ordinaria), el salario puede ser proporcional a las horas trabajadas. Un trabajador que labora 4 horas diarias puede recibir el 50% del SMMLV (50% de $ 1.750.905 = $ 875.453). Las prestaciones y aportes también se calculan proporcional a las horas trabajadas.
¿Incluye el salario integral en este cálculo?
No. El salario integral (para salarios ≥ 10 SMMLV = $ 17.509.050 en 2026) ya incluye un factor prestacional mínimo del 30% (CST art. 132) que reemplaza las prestaciones ordinarias (cesantías, prima, etc.). Para el salario integral, el costo adicional es solo los aportes de seguridad social sobre el 70% del salario integral, más la ARL y la CCF.
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Disclaimer: Esta guía es de carácter informativo y no constituye asesoría legal ni contable. Los porcentajes y valores pueden variar por normativas actualizadas. Verifica con tu contador o asesor laboral antes de tomar decisiones.