Cuánto cuesta contratar un obrero de construcción en Colombia 2026
La clase de riesgo más alta del cálculo: obra, con ARL V y dotación incluida.
Resultado del caso
Obrero de construcción: costo total para el empleador
Mensual
$ 3.383.675
Anual
$ 40.604.102
Carga sobre salario
+61.13%
| Concepto | Monto mensual | Fuente |
|---|---|---|
| Salario base mensualSalario bruto mensual declarado. | $ 2.100.000 | Insumo del usuario |
| Auxilio de transporteAplica para salarios hasta 2 SMLMV (Decreto 1470 de 2025). | $ 249.095 | Decreto 1470 de 2025 (Auxilio de Transporte 2026) |
| Salud (EPS) - aporte empleadorExonerado por Ley 1607 Art. 25 (persona juridica, salario < 10 SMLMV). | $ 0 | Ley 1607 de 2012 Art. 25 (Exoneracion Parafiscales) |
| Pension (AFP) - aporte empleador12% del salario base. No exonerable. | $ 252.000 | Ley 100 de 1993 (Sistema de Seguridad Social Integral) |
| ARL - Clase V6.960% - Riesgo maximo (mineria, manejo explosivos). 100% a cargo del empleador. | $ 146.160 | Ley 1562 de 2012 (Sistema de Riesgos Laborales) |
| SENAExonerado por Ley 1607 Art. 25. | $ 0 | Ley 1607 de 2012 Art. 25 (Exoneracion Parafiscales) |
| ICBFExonerado por Ley 1607 Art. 25. | $ 0 | Ley 1607 de 2012 Art. 25 (Exoneracion Parafiscales) |
| Caja de Compensacion Familiar4% del salario base. NO exonerable. | $ 84.000 | Ley 21 de 1982 (Parafiscales: SENA, ICBF, Cajas) |
| Cesantias1 mes de salario por ano (8.33% mensual). Base incluye auxilio de transporte. | $ 195.680 | Codigo Sustantivo del Trabajo (CST) |
| Intereses sobre cesantias12% anual sobre cesantias acumuladas (~1% mensual sobre salario base). | $ 23.491 | Ley 52 de 1975 |
| Prima de servicios30 dias de salario por ano (15 junio + 15 diciembre). Base incluye auxilio de transporte. | $ 195.680 | Codigo Sustantivo del Trabajo (CST) |
| Vacaciones15 dias habiles por ano (~4.17% mensual sobre salario base, sin auxilio). | $ 87.570 | Codigo Sustantivo del Trabajo (CST) |
| Dotacion (estimado)Estimado mensualizado conservador (COP 50.000) para salarios hasta 2 SMLMV. Valor real depende del proveedor. | $ 50.000 | CST Art. 230 (Ley 11 de 1984) |
Tasas vigentes 2026-05-24. El boton abre la calculadora con este escenario cargado: cambia el salario o la clase de riesgo y el desglose se recalcula.
Supuestos de este caso
- Salario de COP 2.100.000, por encima del mínimo y por debajo de dos SMLMV, así que todavía hay auxilio de transporte y dotación.
- Clase de riesgo V (6,96%), la máxima: construcción e industria pesada.
- Empleador persona jurídica, con exoneración de la Ley 1607 aplicada.
La construcción es el caso donde más pesa la ARL: la clase V cuesta 6,96% del salario frente al 0,522% de una oficina. Sobre este salario son unos 146.000 pesos al mes de ARL, frente a los 11.000 que pagaría el mismo sueldo en una oficina.
A eso se suma la dotación: tres entregas al año de vestido y calzado de labor para quien gana hasta dos salarios mínimos. En el desglose aparece mensualizada y con un valor conservador, porque el costo real depende del proveedor y de los elementos de protección que exija la obra.
Lo que casi siempre se olvida al presupuestar una obra no es el costo mensual sino el del final: el contrato por obra o labor determinada termina cuando termina la labor, pero si se corta antes hay indemnización, y la liquidación de cesantías, intereses, prima y vacaciones se paga completa.
Lo que este cálculo no incluye
- · Elementos de protección personal específicos de la obra: casco, arnés, botas dieléctricas.
- · Horas extra y recargos, habituales cuando la obra corre contra cronograma.
- · Indemnización por terminación anticipada del contrato por obra o labor.
Preguntas frecuentes
¿Por qué la ARL de construcción es tan alta?
Porque la tarifa de riesgos laborales se fija por la siniestralidad de la actividad. El Decreto 1295 de 1994 y su tabla de clasificación ubican la construcción en las clases más altas: hasta 6,96% del salario, todo a cargo del empleador.
¿La dotación es obligatoria para un obrero?
Sí, para quienes ganan hasta dos salarios mínimos: tres dotaciones al año de vestido y calzado de labor (artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo). No es reemplazable por dinero.
¿Cambia el costo si el contrato es por obra o labor?
El costo mensual es el mismo; lo que cambia es la terminación. Al acabar la labor contratada el contrato termina sin indemnización, pero si se termina antes, sí la hay, y en todos los casos se liquidan prestaciones y vacaciones proporcionales.