Cuánto cuesta un mesero de restaurante en México 2026
Servicio de restaurante con riesgo medio y jornada ordinaria sin propinas.
Escenario calculado
Mesero de restaurante: costo total para el empleador
Mensual
$20,378.06
Anual
$244,536.72
Carga sobre salario
+35.85%
Salario mensual bruto: $15,000.00
Estado: Ciudad de Mexico
Clase de riesgo IMSS: Clase II — 1.13065% (industria ligera)
| Concepto | Monto mensual | Fuente |
|---|---|---|
| Salario base mensualSalario bruto mensual declarado. | $15,000.00 | Insumo del usuario |
| IMSS — Enf. y Maternidad (cuota fija)Cuota fija patronal: 20.40% de la UMA por cada trabajador (no depende del salario). | $727.51 | LSS art. 106 fr. I |
| IMSS — Enf. y Maternidad (excedente sobre 3 UMA)1.10% patronal sobre la parte del SBC que excede 3 UMA. Solo aplica si el SBC > 3 UMA. | $57.76 | LSS art. 106 fr. II |
| IMSS — Enf. y Maternidad (prestaciones en dinero)0.70% patronal del SBC. | $111.65 | LSS art. 107 |
| IMSS — Gastos medicos pensionados1.05% patronal del SBC (gastos medicos para pensionados). | $167.47 | LSS art. 25 |
| IMSS — Invalidez y Vida1.75% patronal del SBC. | $279.11 | LSS art. 147 |
| IMSS — Guarderias y prest. sociales1.00% patronal del SBC. | $159.49 | LSS art. 211 |
| IMSS/SAR — Retiro2.00% patronal del SBC (subcuenta de retiro). | $318.99 | LSS art. 168 fr. I |
| IMSS — Cesantia y Vejez (patronal)7.513% del SBC segun el rango 4-+ UMA (tabla 2026 de la reforma de pensiones). | $1,198.28 | LSS art. 168 fr. II-a (transitorio 2020) |
| IMSS — Riesgos de Trabajo (II)1.13065% del SBC (prima media de la clase; la real la fija el IMSS por siniestralidad). | $180.33 | LSS art. 73 |
| INFONAVIT (aportacion patronal)5.00% patronal del SBC a la subcuenta de vivienda. | $797.47 | Ley del INFONAVIT art. 29 fr. II |
| ISN — Ciudad de MexicoImpuesto Sobre Nomina de Ciudad de Mexico: 4.00% de salario más provisiones de aguinaldo y prima vacacional. | $630.00 | Ley estatal (4.00%) |
| Aguinaldo (provision)15 dias de salario al ano, provisionados mensualmente. | $625.00 | LFT art. 87 |
| Prima vacacional (provision)25% sobre 12 dias de vacaciones (primer ano), provisionada mensualmente. | $125.00 | LFT arts. 76 y 80 |
Tasas cargadas: 2026-08-18. El oficio fija sólo un escenario de referencia; confirma la clasificación y reemplaza el salario por el de tu cotización.
Supuestos que debes revisar
- Salario mensual bruto: $15,000.00
- Estado: Ciudad de Mexico
- Clase de riesgo IMSS: Clase II — 1.13065% (industria ligera)
Un restaurante abre cuando otros negocios cierran. Por eso el piso de nómina de esta página puede quedar lejos del turno real: noches, domingos, festivos y horas extra se calculan con las horas trabajadas, mientras las propinas no sustituyen el sueldo del empleador.
El escenario usa riesgo medio como referencia de comercio y servicios. Cocina, reparto o manipulación de maquinaria pueden requerir otro supuesto.
El motor suma salario, IMSS patronal, INFONAVIT, impuesto estatal sobre nómina y provisiones mínimas de aguinaldo y prima vacacional.
Lo que este cálculo no incluye
- · Propinas, que no reducen el salario a cargo del empleador.
- · Recargos nocturnos, dominicales, festivos u horas extra.
- · Alimentación, uniforme y rotación del personal.
Preguntas frecuentes
¿Las propinas reducen lo que paga el restaurante?
No. La propina pertenece al trabajador y no reemplaza el salario ni las cargas laborales. Para cotizar el puesto usa el sueldo completo y trata las propinas como un flujo separado.
¿La cifra de mesero de restaurante es un salario de mercado?
No. Es un escenario de presupuesto con un sueldo bruto de referencia. Abre la calculadora y reemplázalo por el salario real que vas a pagar o cotizar.